PROCESOS DE COBRO JUDICIAL EN COSTA RICA: JUICIO EJECUTIVO
El proceso judicial mediante el cual se reclama el pago de una obligación dineraria, líquida, exigible y respaldada por un documento con fuerza ejecutiva se denomina proceso ejecutivo, también conocido como juicio ejecutivo. Este procedimiento permite al acreedor exigir judicialmente el cumplimiento de una deuda utilizando un título ejecutivo que acredite la existencia, exigibilidad y cuantía de la obligación.
Marco Legal
El juicio ejecutivo se encuentra regulado en el Código Procesal Civil de Costa Rica (Ley N.º 9342), particularmente en los siguientes cuerpos y disposiciones:
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Título II, Capítulo I, Sección II: Proceso Ejecutivo
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Artículos 431 al 452 del Código Procesal Civil.
Asimismo, la legitimidad del título ejecutivo se sustenta en lo establecido por el artículo:
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Artículo 431 del Código Procesal Civil: Define los documentos que tienen fuerza ejecutiva, tales como sentencias firmes, escrituras públicas, títulos valores, facturas comerciales aceptadas, pagarés, letras de cambio, cheques, contratos privados reconocidos judicial o extrajudicialmente, entre otros.
Etapas del Juicio Ejecutivo
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Presentación de la demanda ejecutiva:
El acreedor interpone la demanda ante el Juzgado Civil correspondiente, adjuntando el documento que acredita la deuda y solicitando el mandamiento de ejecución. -
Emisión del mandamiento de ejecución:
Si el juez verifica que el título cumple con los requisitos legales, ordena el embargo preventivo de bienes del deudor y lo intima a pagar la suma reclamada en un plazo determinado (generalmente de cinco días). -
Oposición del demandado (excepciones):
El deudor puede oponerse dentro del plazo concedido, alegando causales de defensa debidamente fundamentadas en derecho. La oposición no suspende el proceso, salvo que el juez así lo disponga por razones justificadas. -
Sentencia y ejecución:
Si no hay oposición válida, el juez dicta sentencia condenatoria, y se continúa con la ejecución forzosa sobre los bienes embargados hasta satisfacer la deuda reclamada.
Ventajas del Juicio Ejecutivo
El juicio ejecutivo se caracteriza por su celeridad y simplicidad en comparación con otros procesos judiciales, debido a que se basa exclusivamente en documentación que tiene mérito legal suficiente para exigir el pago. No se requiere demostrar la existencia de la obligación mediante prueba testimonial o pericial, salvo que el demandado presente excepciones.